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Confirmada la expulsión del PP como acusación popular del Gürtel
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Confirmada la expulsión del PP como acusación popular del Gürtel
La sala penal reprocha a los populares que se dedicaran a defender a Bárcenas desde la acusación popular | Los magistrados respaldan la "encomiable labor" de Ruz y apunta los "indicios de lucro" del PP en los hechos .
Es una verdadera condena antes de la condena contra el PP en el caso Gürtel. La Audiencia Nacional no sólo ha expulsado definitivamente al partido gobernante de la causa, básicamente por actuar “como defensa” desde una teórica acusación popular, sino que le recrimina con dureza por los “excesos” literarios que cometió cuando recurrió la inicial decisión del juez Pablo Ruz de apartarle del sumario. El letrado de la formación tildó aquel auto de “arbitrario, injustificado, sorprendente, inverosímil, injusto, insostenible y endeble”, entre otros calificativos. La Audiencia considera estos epítetos como un “censurable” ejercicio de “incontinencia expresiva” que, además, “desdibuja” el propio recurso del PP.
En dicho escrito, ahora desestimado, el abogado de los populares aseguraba que el juez basó su expulsión del caso Gürtel en el auto por el que anteriormente había rechazado su personación en la pieza separada de los papeles de Bárcenas. El abogado del PP añadía que tanto el instructor como el fiscal obraron llevados por un “prejuicio” y con la decisión ya tomada de antemano. E insistía en la falta de conexión, a su juicio, entre las investigaciones contra la red corrupta liderada por Francisco Correa y las relativas a la contabilidad B de los populares atribuida al extesorero Luis Bárcenas.
La Audiencia replica que la vinculación entre ambas pesquisas resulta, por el contrario, “evidente”. Lo explica así: “Mientras en la pieza separada (caso Bárcenas) se trata de comprobar la indiciaria existencia de una red criminal que actuaba a través de donativos al PP y se dedicaba a conseguir ventajas ilícitas en la adjudicación de construcciones burlando los procedimientos de licitación o sin licitar directamente, en la pieza principal (causa Gürtel) se investigan “los supuestos pagos en forma de donativos realizados por la red liderada por Francisco Correa y personas de su entorno, también en el marco de la contratación pública”. Y concluye: “En ambos grupos se abonan donativos para obtener favores públicos, coincidiendo en ellos algunos participantes”.
La sala también corrobora el razonamiento del juez Ruz en el sentido de que no es sostenible que alguien, en este caso el PP, ejerza la acusación popular en un asunto por el que al final puede resultar condenado. Alude a la “incompatibilidad de intereses defendidos por el partido político apelante”, sobre el que a juicio de los magistrados existen “evidentes indicios de su presunta implicación en los hechos, ya sea por el cauce de la responsabilidad civil subsidiaria, ya por la vía de la participación a título lucrativo” de las acciones de los imputados.
Pero en lo que más incide la sala es en la incoherencia entre la misión acusadora que el PP tenía en el procedimiento y su actitud a favor de algunos de los implicados en los hechos; sobre todo –como señaló Ruz- del propio Bárcenas, así como de su esposa, Rosalía Iglesias, y del exdiputado Jesús Merino. Para todos ellos, la formación pidió repetidamente el archivo de las actuaciones.
“De los escritos de la parte recurrente –afirma la Audiencia en alusión al PP-, se deduce que su cometido en el proceso no ha sido plenamente congruente con el verdadero ejercicio de la acusación popular, y más bien corresponde a una auténtica parte coadyuvante en la defensa de esos tres imputados”.
Respecto a la afirmación del letrado de los populares de que su objetivo era “preservar las decisiones judiciales que se iban acordando”, la sala señala que, visto su comportamiento en la causa, “carece de consistencia”. Y en cuanto al alegato del PP sobre su cambio de actitud procesal tras descubrirse las cuentas de Bárcenas en Suiza, los magistrados responden que sus escritos con relación al extesorero desde entonces expresan “tibieza” o muestran “parquedad”.
La Audiencia da un decidido espaldarazo al juez Pablo Ruz al considerar “encomiable” su tarea “depuradora de los verdaderos contornos de la acción popular”, encaminada a “evitar situaciones ambivalentes y generadoras de un verdadero caos procesal donde una misma parte tenga la condición de acusadora pero de facto realice actos más cercanos a la defensa de imputados que hayan estado muy vinculados a dicha parte”.
FUENTE: http://www.lavanguardia.com
Es una verdadera condena antes de la condena contra el PP en el caso Gürtel. La Audiencia Nacional no sólo ha expulsado definitivamente al partido gobernante de la causa, básicamente por actuar “como defensa” desde una teórica acusación popular, sino que le recrimina con dureza por los “excesos” literarios que cometió cuando recurrió la inicial decisión del juez Pablo Ruz de apartarle del sumario. El letrado de la formación tildó aquel auto de “arbitrario, injustificado, sorprendente, inverosímil, injusto, insostenible y endeble”, entre otros calificativos. La Audiencia considera estos epítetos como un “censurable” ejercicio de “incontinencia expresiva” que, además, “desdibuja” el propio recurso del PP.
En dicho escrito, ahora desestimado, el abogado de los populares aseguraba que el juez basó su expulsión del caso Gürtel en el auto por el que anteriormente había rechazado su personación en la pieza separada de los papeles de Bárcenas. El abogado del PP añadía que tanto el instructor como el fiscal obraron llevados por un “prejuicio” y con la decisión ya tomada de antemano. E insistía en la falta de conexión, a su juicio, entre las investigaciones contra la red corrupta liderada por Francisco Correa y las relativas a la contabilidad B de los populares atribuida al extesorero Luis Bárcenas.
La Audiencia replica que la vinculación entre ambas pesquisas resulta, por el contrario, “evidente”. Lo explica así: “Mientras en la pieza separada (caso Bárcenas) se trata de comprobar la indiciaria existencia de una red criminal que actuaba a través de donativos al PP y se dedicaba a conseguir ventajas ilícitas en la adjudicación de construcciones burlando los procedimientos de licitación o sin licitar directamente, en la pieza principal (causa Gürtel) se investigan “los supuestos pagos en forma de donativos realizados por la red liderada por Francisco Correa y personas de su entorno, también en el marco de la contratación pública”. Y concluye: “En ambos grupos se abonan donativos para obtener favores públicos, coincidiendo en ellos algunos participantes”.
La sala también corrobora el razonamiento del juez Ruz en el sentido de que no es sostenible que alguien, en este caso el PP, ejerza la acusación popular en un asunto por el que al final puede resultar condenado. Alude a la “incompatibilidad de intereses defendidos por el partido político apelante”, sobre el que a juicio de los magistrados existen “evidentes indicios de su presunta implicación en los hechos, ya sea por el cauce de la responsabilidad civil subsidiaria, ya por la vía de la participación a título lucrativo” de las acciones de los imputados.
Pero en lo que más incide la sala es en la incoherencia entre la misión acusadora que el PP tenía en el procedimiento y su actitud a favor de algunos de los implicados en los hechos; sobre todo –como señaló Ruz- del propio Bárcenas, así como de su esposa, Rosalía Iglesias, y del exdiputado Jesús Merino. Para todos ellos, la formación pidió repetidamente el archivo de las actuaciones.
“De los escritos de la parte recurrente –afirma la Audiencia en alusión al PP-, se deduce que su cometido en el proceso no ha sido plenamente congruente con el verdadero ejercicio de la acusación popular, y más bien corresponde a una auténtica parte coadyuvante en la defensa de esos tres imputados”.
Respecto a la afirmación del letrado de los populares de que su objetivo era “preservar las decisiones judiciales que se iban acordando”, la sala señala que, visto su comportamiento en la causa, “carece de consistencia”. Y en cuanto al alegato del PP sobre su cambio de actitud procesal tras descubrirse las cuentas de Bárcenas en Suiza, los magistrados responden que sus escritos con relación al extesorero desde entonces expresan “tibieza” o muestran “parquedad”.
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FUENTE: http://www.lavanguardia.com
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